DNI de los Intervinientes.
Copia Literal de la Partida Registral del Inmueble (Registros Públicos).
HR, PU y pago del Impuesto Predial del año de la transferencia.
Pago del Impuesto de Alcabala cuando el valor de la transferencia supere las 10 UIT o constancia de inafectación (SAT).
Pago del Impuesto a la Renta cuando el vendedor adquirió la propiedad a partir del año 2004, salvo que el inmueble sea casa habitación por más de 2 años (formulario y pago Banco de la Nación).
DNI de los Intervinientes.
Copia Literal de la Partida Registral del Inmueble (Registros Públicos).
HR, PU y pago del Impuesto Predial del año de la transferencia.
Pago del Impuesto de Alcabala cuando el valor de la transferencia supere las 10 UIT o constancia de inafectación (SAT).
DNI de los intervientes y partida de nacimiento de los anticipados (beneficiarios).
Copia Literal de la Partida Registral del Inmueble (Registros Públicos).
HR, PU y pago del Impuesto Predial del año de la transferencia.
DNI de los constituyentes.
Si los bienes aportados son muebles, acompañar Declaración Jurada de recepción de los bienes formulada por el Gerente General, indicando su valorización y recepción.
Si los bienes aportados son dinero, acompañar el voucher o constancia de depósito a nombre de la empresa, en una entidad del sistema financiero. La entidad financiera pedirá la minuta de constitución ingresada a la notaría.
Si se aporta bienes inmuebles o vehículos, copia literal de inscripción del inmueble o certificado de gravamen del vehículo.
Se recomienda previamente la reserva de nombre. La notaría también lo puede tramitar.
Minuta que contenga el estatuto de la Asociación y la designación del primer Consejo Directivo suscrita por los asociados y autorizada por abogado, o minuta suscrita por él o los representantes autorizados, acompañando del acta de asamblea de asociados donde acuerdan constituir la Asociación y que contenga el estatuto aprobado y la designación del primer Consejo Directivo de la Asociación.
DNI del o los que intervienen en la minuta.
Minuta autorizada por abogado y suscrita por la persona autorizada en el acuerdo de aumento de capital.
DNI de la persona que suscribe la minuta.
Si los bienes aportados son muebles, acompañar Declaracion Jurada de recepción de los bienes formulada por el Gerente General, indicando su valorización y recepción.
Si los bienes aportados son dinero, acompañar el voucher o constancia de depósito a nombre de la empresa, en una entidad del sistema financiero.
Si se aporta bienes inmuebles o vehículos, copia literal de inscripción del inmueble o certificado de gravamen del vehículo.
Si el aumento es por capitalización de créditos o resultado de operaciones contables, debe adjuntarse constancia contable en la que figure el aumento de capital debidamente suscrita y sellada por Contador Público Colegiado”.
Minuta autorizada por abogado y suscrita por quien constituye la hipoteca (deudor-propietario) y la persona a favor de quien se constituye ésta (acreedor-hipotecario).
DNI de los contratantes.
Copia literal del inmueble materia de hipoteca.
Se recomienda utilizar medio de pago bancario o constancia de que no se utilizó.
Minuta autorizada por abogado y suscrita por la persona a favor de quien se constituyó la hipoteca.
Opcionalmente puede firmar el deudor.
DNI de los intervinientes.
Copia literal del inmueble materia de hipoteca.
Se recomienda utilizar medio de pago bancario o constancia de que no se utilizó.
Minuta firmada por el propietario del inmueble y autorizada por abogado en donde conste la voluntad de inmovilizar temporalmente el inmueble.
Copia literal del inmueble.
Declaración jurada de no existir pendiente o de fecha anterior acto de disposición o gravamen voluntario del inmueble.
DNI del Interviniente.
Documentos de Identidad del vendedor y comprador.
Tarjeta de Propiedad del vehículo a transferir.
Certificado del SOAT (vigente).
Estado de cuenta emitido por el SAT para acreditar el pago del Impuesto Vehicular, sólo si el vehículo tuviese como fecha de inscripción no mayor de tres (03) años a la fecha de celebración de la venta.
La solicitud debe ser efectuada por el heredero y autorizada por abogado.
DNI del solicitante.
Acta de defunción del causante. El causante debe tener como último domicilio cualquier distrito de Lima.
Partida de nacimiento de los herederos.
Partida de matrimonio del cónyuge sobreviviniente.
Relación de bienes conocidos.
Certificado Negativo de Testamento a nivel nacional (Sunarp).
Certificado Negativo de Sucesión Intestada a nivel nacional. (Sunarp).
La solicitud debe ser realizada por el titular de la partida o su representante legal en caso de partida de nacimiento; por cualquiera de los cónyuges en caso de partida de matrimonio; por los parientes hasta hermanos o cuñados en caso de partida de defunción.
La solicitud debe ser autorizada por abogado con indicación del error u omisión en que se ha incurrido en la partida.
Partida de nacimiento, de bautismo, matrimonio, defunción o cualquier otro documento público que justifique la rectificación.
DNI del solicitante.
Solicitud dirigida a la Notaría y suscrita por los cónyuges.
Partida de matrimonio y DNI de los cónyuges.
Declaración jurada de no tener hijos menores de edad o mayores incapaces. En caso de hijos menores de edad o mayores incapaces sentencia o acuerdo de conciliación sobre régimen de tenencia, alimentos y visitas.
Partida de nacimiento de los hijos menores o incapaces en caso los hubiera.
Escritura pública inscrita de separación de patrimonios; o declaración jurada de no tener bienes comunes.
Declaración jurada de último domicilio conyugal.
Solicitud que incluya el reconocimiento de convivencia durante 2 o más años continuos y que los convivientes se encuentran libres de impedimento matrimonial.
Certificado domiciliario municipal o notarial de los solicitantes.
Certificado negativo de unión de hecho de cada uno de los convivientes expedido por registros públicos.
Declaración de 2 testigos indicando que los solicitantes conviven 2 o más años continuos.
Otros documentos que acrediten la unión de hecho (partida de nacimiento de hijos comunes, calidad de asegurado del trabajador o pensionista, entre otros).
Solicitud firmada por el propietario de constituir patrimonio familiar a favor de su esposa, hijos menores de edad o incapaces, o padres que se encuentran en estado de necesidad, o hermanos menores de edad o incapaces.
Certificado negativo de gravamen del inmueble y declaración jurada del propietario de no tener deudas pendientes.
Partida de nacimiento o de matrimonio que acredite el vínculo con la persona que se quiere beneficiar con la constitución de patrimonio familiar.
Solicitud con los datos del adoptante y del adoptado y la expresión de voluntad de querer realizar la adopción, con el consentimiento de sus respectivos cónyuges en caso de ser casados y la declaración jurada de gozar de solvencia moral del adoptante.
Partida de nacimiento del adoptante y del adoptado; y en caso que cualquiera de ellos sea casado su partida de matrimonio.
En caso el adoptado tenga bienes, el inventario de los mismos.
En caso que el adoptante haya sido representante del adoptado, documento que acredite que las cuentas de administración hayan sido aprobadas.
Posesión por más de 10 años, acreditada con el pago del impuesto predial y el pago de los servicios públicos y algún documento que acredite poseer a nombre propio (contrato de compraventa, adjudicación u otro).
3 a 6 testigos que declaren que conocen a la poseedora y les consta que ocupa el inmueble por el tiempo señalado anteriormente.
Copia literal del inmueble de los últimos 10 años.
Planos de ubicación y perimétricos, así como descripción de las edficiaciones, suscritos por ingeniero colegiado visado por la autoridad municipal.
Posesión del vehículo por 4 años o más acreditado con el SOAT y de algún otro documento que acredite poseer a nombre propio (contrato compraventa, adjudicacion u otro).
Copia literal de la partida registral del vehículo.
3 a 6 testigos que declaren que conocen al poseedor y declaren el tiempo que viene poseyendo el vehículo.
Certificación expedida por la Dirección de Investigación de Robo de Vehíuclos (DIROVE) de la PNP en la que conste que el vehículo no tiene afectaciones por robo.
DNI del testador y de dos testigos hábiles que no sean parientes que presenciarán el otorgamiento de testamento.
DNI de los herederos y partida de nacimiento.
Copia literal de los inmuebles o certificado de gravamen de vehículos o relación de bienes conocidos.
Certificado médico mental en caso el testador sea mayor de 70 años de edad.
Presentar el originar del título valor (letra, pagaré, etc.) para revisar sus requisitos formales y fecha de vencimiento.
El titular del título valor o su representante legal o apoderado debe solicitar el protesto del título valor.
El título valor es sellado con la notificación y constancia de protesto y se entrega al titular.
Original y copia del documento que se pretende certificar.
Original y copia del documento que se pretende certificar.
Presencia física de la persona cuya firma se va a legalizar.
DNI vigente y al día en las votaciones. En el caso de extranjeros carné de extranjería o pasaporte con visa de negocios o autorización para firmar actos o contratos.
Copia literal de la empresa o de la persona jurídica cuando se actúe a nombre de ésta.
Solicitud firmada por el titular o el representante legal según fuera el caso.
Copia del DNI del solicitante.
Copia del RUC si fuera una empresa o persona natural con negocio. En el caso de asociaciones u otras entidades sin fines de lucro no es necesario.
Vigencia de poder o copia literal de la persona jurídica cuando se actúe a nombre de ésta.
Cuando se aperture segundo libro o siguientes traer el libro anterior o las hojas sueltas. En caso de pérdida traer la denuncia policial; y el informe a la SUNAT si se trata de libros contables.
Traer el original del libro u hojas sueltas cuya parte pertinente se pretende certificar.
Vigencia de poder o copia literal de la empresa o persona jurídica.
Certificación de la firma del representante legal de la empresa o persona jurídica.
Copia del acta o acuerdo que se presente certificar.
Dos originales de la carta notarial y un cargo.
Nombre y dirección exacta del destinatario.
Nombre del remitente y dirección si fuera el caso.
Presencia física del poderdante con su DNI vigente y al día en sus votaciones.
En caso de poderes ante la ONP, o de la AFP o de cualquier otra entidad boleta de pago del pensionista y código correspondiente.
Copia del DNI del apoderado.
En caso el poderdante sea iletrado o no pueda o sepa firmar, llevar testigo a ruego.
DNI vigente y al día en las votaciones del interesado.
Recibo de agua, luz, teléfono que acrediten el domicilio. En el caso de inquilinos copia del contrato de arrendamiento con el titular.
El trámite es personal por el interesado.
DNI y presencia física del solicitante.
Si fuera menor de edad, presencia física de los padres con el menor y partida de nacimiento; y en caso fuera incapaz presencia con su curador nombrado con resolución inscrita.
DNI actual y sin multas electorales de las últimas elecciones
Denuncia policial original.
DNI actual y sin multas electorales de la últimas elecciones.
Tarjeta de Identificación Vehicular.
Certificado de Conversión, modificación actualización de datos de ser el caso.
Verifique la vigencia de su D.N.I. que cuente con las constancias de votación.
En el caso de personas jurídicas, verifique la vigencia de poder de sus representantes.
En caso los intervinientes sean casados, deberá presentar el D.N.I. del cónyuge.
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